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Home 3- Doctrina Alcoholismo y menores.


Alcoholismo y menores.

Analisis de situaciones posibles para un tema preocupante. Por Dr.Alberto Juan Silva Velazco.

 

INTRODUCCIÓN – ASPECTO GENERICO:

La globalización de los medios de comunicación y el mercado cada vez más, están dando forma a las percepciones, preferencias y conductas de los jóvenes. Hoy muchos jóvenes tienen mayores oportunidades y más dinero para gastar pero son vulnerables frente a las técnicas de venta y marketing actualmente mas agresivas para los productos de consumo y las sustancias potencialmente nocivas como el alcohól.
Asimismo o la vez, el predominio del mercado libre ha mermado las redes de seguridad existentes para la salud pública de muchos países y ha debilitado a las estructuras sociales para los jóvenes. La rápida transición social y económica, el conflicto civil, la pobreza, la situación de las personas sin hogar y el aislamiento han aumentado la probabilidad de que el alcohol y las drogas jueguen un papel destructivo en la vida de muchos jóvenes y de sus familias.-
La sociedad Chajariense no está fuera del problema actual, por el contrario, nos toca de cerca y crece, por eso tenemos la obligación de intentar y hacer algo. SEGURO ESTOY QUE LOGRAREMOS ENTRE TODOS UN RESULTADO, mi aporte humilde por cierto, intenta extender la mano y el corazón desde mi existencia como ser humano, desde mi función laboral y desde mi condición de padre de un hijo que tan solo cuenta con 13 años, y para quien sueño un país mejor, distinto y un futuro que le permita con dignidad y ejercitando la solidaridad, recurso infalible para sortear dificultades, vivir dignamente.-
POSTULADOS

1.- Todos los niños y adolescentes tienen derecho a crecer en un entorno protegido de las consecuencias negativas del consumo del alcohól y, en lo posible, de la promoción de las bebidas alcohólicas.-

2.- Todas las personas que consumen alcohól de forma peligrosa o dañina y sus familiares, tienen derecho a un tratamiento y asistencia accesibles.-

3.- Todas las personas tienen derecho a que su familia, comunidad y vida laboral estén protegidas de accidentes, violencia u otras consecuencias negativas asociadas al consumo del alcohól.-

EL INTERROGANTE: ¿¿ QUE PODEMOS HACER ¿? ¿HACEMOS ALGO?

PARA HACER:

1.-Intentar reducir de manera sustancial el número de jóvenes que se inician en el consumo del alcohól.-

2.-Proporcionar y/o aumentar el número de alternativas válidas al consumo de alochól y drogas, ofrecer mas educación y formación para las personas que trabajan con jóvenes.-

2.-Aumentar la participación de los jóvenes en las políticas relacionadas con la salud de los jóvenes, especialmente en las cuestiones relacionadas con el alcohól.-

3.-Proporcionar más educación para jóvenes sobre el alcohól.-

PARA DESTACAR:

Las políticas sobre el alcohól dirigidas a los jóvenes deberían formar parte de una respuesta social más amplia, ya que el consumo del alcohól entre los jóvenes, en gran medida refleja las actitudes y prácticas de la sociedad adulta.-
Los jóvenes son un recurso en si mismo y pueden contribuir de manera positiva a la resolución de los problemas relacionados con el alcohól.-

4.-Desarrollar formas para trabajar conjuntamente con los jóvenes, especialmente a través de las redes locales apropiadas. Considerar a los jóvenes como un recurso y promover oportunidades para que participen en la toma de decisiones que afectan a sus vidas. Hay que poner énfasis a la reducción de las desigualdades, especialmente respecto a la salud, teniendo en cuenta sus distintos antecedentes sociales y culturales y especialmente aquellos grupos con necesidades especiales.-
5.-Todos los estamentos de la sociedad tienen responsabilidad en la resolución de los efectos negativos “de la movida” de los jóvenes.-

6.-HAY QUE: Confiar en la juventud, ya que así el jóven, el adolescente se sentirá responsable de una labor que tiene que cumplir y de la que debe responder plenamente satisfecho porque se siente útil y no necesitará buscar la evasión de la realidad aferrándose al alcohól.-

7.-Resaltar la defensa de cualquier “movida” de los jóvenes, siempre que ésta no perjudique a la persona.-

8.-Reclamar a los políticos, publicistas, sociólogos, periodistas y educadores que traten la información sobre la juventud desde una óptica constructiva ofreciendo imágenes modélicas en las que ellos se puedan reflejar.-

9.-Concientizar a las padres de la necesidad de ofertar a los hijos, sobre todo a los adolescentes, actividades lúdicas que les satisfagan. Es necesario que conozcan sus gustos y aficciones.-

10.-Los hijos necesitan ver en sus padres modelos de referencia, por lo que éstos deben educar con el ejemplo de madurez y equilibrio.-

LO LEGAL - SU APLICACIÓN – SU EFICACIA – PODEMOS MAS: ??

EN EL ORDEN NACIONAL:

Ley Nº 24.788/1997

PROHIBESE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, EL EXPENDIO A MENORES DE 18 AÑOS DE TODO TIPO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS.-

SE CREA EL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL.-

SE DISPONE QUE LAS OBRAS SOCIALES Y ASOCIACIONES DE OBRAS SOCIALES, DEBERAN RECONOCER COBERTURA PARA TRATAMIENTOS MEDICOS Y/O PSICOLÓGICOS POR PATOLOGÍAS DERIVADAS DEL CONSUMO DE ALCOHOL.-

DISPONE BRINDAR A LOS PACIENTES ALCOHOLICOS ASISTENCIA QUE SU ESTADO LO REQUIERA Y ENCARAR ACCIONES DE PREVENCIÓN PRIMARIA.-

EN EL ORDEN PROVINCIAL:

Le Ley Nº 9087 del 31 de Julio del año 1997.-

AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY:

La Policía Provincial, con facultades para proceder a la constatación de los locales donde se presume la infracción a la presente ley, es decir, la venta de alcohól a menores de 18 años, con habilitación incluso para introducirse hasta donde se admita al público, pudiendo incluso penetrar en el interior de los locales y comercios de carácter público que no tuvieren muebles o no estuviesen acondicionados para el uso privado del dueño, familiares o cualquier otro ocupante.-

SANCIONES:

1.-MULTA; 2.-DECOMISO de la bebida alcohólica y 3.-ARRESTO en los casos en que no se abone la multa o cualquiera de las otras sanciones previstas en la ley.-
2.-MULTA, lo fija la autoridad de aplicación y no puede ser inferior a la suma $ 500 ni superior a $ 10.000.-

3.-CLAUSURA del local comercial por el término de uno (1) a treinta (30) días según la entidad de la falta y los antecedentes del infractor.-

OBSERVACIÓN DE IMPORTANCIA:

1.-Nuestra ley solo refiere al que vende, al que entregue cualquier tipo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad, sea en locales comerciales o en la vía pública, también habla de los intermediarios que entreguen, compren, o en cualquier otro carácter., bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad, PERO EN NINGUN MOMENTO LA LEY NOS HABLA O DICE ALGO RESPECTO DEL MENOR QUE CONSUME BEBIDAS ALCOHOLICAS.-

2.- Es como si se olvidó del primer protagonista y por quien ella se sancionó, esto es EL MENOR DE 18 AÑOS QUE CONSUME BEBIDAS ALCOHOLICAS.-

EL GRAN DILEMA y NUESTRO DEBATE: SIRVE ESTA LEY ??
1.-Personalmente opino que si, que esta ley sirve. Obviamente necesitamos cambios de naturaleza práctica para una mejor dinámica de su aplicación, y por ende así se lograría también alcanzar mínimamente los postulados que nos mueven en torno de ella y de nuestros jóvenes y su grupo familiar o entorno familiar primigenio.-
2.-Hoy por hoy, solo contamos con este instrumento legal y la ley nacional. Todo puede mejorarse, lo que este HCD impulsa, es una demostración concreta del sí, pero solo un gran compromiso de la sociedad podrá lograr el cambio o su mejoramiento posicional frente a este consumo que sin dudas, resulta de alto riesgo.-
3.-En el cambio o mejoramiento de todo esto que se puede concretar en torno al consumo excesivo de bebidas alcohólicas, DEPENDE como actitud primaria de lo que los ADULTOS HAGAN O TENGAN COMO CONDUCTA. Caso contrario, no creo podamos tener actitudes superadoras en la cuestión que nos convoca.-
PROPUESTAS QUE SON UN IDEARIO PERO NO UN IMPOSIBLE: ALGO HICE:
Como PREMISA de los ADULTOS EXPENDEDORES: CUMPLIR CON LA LEY !!! NO VENDER ALCOHOL A QUIEN NO EXHIBA SU DNI Y ACREDITE TENER 18 AÑOS DE EDAD !!!!!
1.-AUMENTAR considerablemente los costos fiscales municipales de la habilitación comercial de locales o negocios que expendan bebidas alcohólicas.-
2.-REGLAMENTAR de manera distinta, intentando mejoramiento urbanístico, la habilitación de kioskos, maxi-kioskos, etc., que expendan bebidas alcohólicas y que no se permita el “estacionamiento” de personas en su veredas, ventanas, cercas, etc., y de manera especial cuando no fueron habilitados para el uso del espacio de circulación pública, se vereda, veredón, cordones, etc.-
3.-REVISAR en la medida de su competencia, “el uso de la vía pública” respecto de aquellos que la utilizan para el consumo de alcohol y estacionamiento vehicular para “escuchar” música por ejemplo, cuando es mas que evidente que dichas actitudes alteran el derecho del otro o se exponen los mismos usuarios, sean menores o no de 18 años, a peligros concretos: Por ejemplo: vemos muchas veces y en especial los fines de semanas, jóvenes sentados en lo cordones y a la vera de la calle, tomando alcohol, vemos que manejan automotores tomando alcohol y en mas de una oportunidad, hacen ostentación del envase como diciendo “yo tomo y que ??”
4.-MODIFICAR las actitudes de aquellos –entre los cuales mencionamos a las agrupaciones estudiantiles, las que en mas de una oportunidad lo hacen apoyados por sus padres- que organizan eventos con la finalidad de obtener fondos dinerarios para distintos objetivos, principalmente viajes de “estudios”, de que no deben expender en tales espectáculos, bebidas alcohólicas.-
5.-PROHIBIR que en los espectáculos deportivos, especialmente canchas de futbol, se vendan bebidas alcohólicas, destacándose que en nuestro medio, no solo que lo venden, sinó que también lo hacen en envases de vidrios y/o que pueden ser utilizados como objetos contundentes de agresión.-
6.-PROHIBIR estrictamente la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques y plazas: Analizamos o no, lo que siempre ocurre cuando la festividad de “Santa Rosa” ??
7.-PROHIBIR la venta de bebidas alcohólicas en lugares donde se lleven adelante prácticas lúdicas o de juegos destinados principalmente a menores.-
8.-REQUERIR a los expendedores de bebidas alcohólicas, un depósito de dinero para garantizar el pago de las multas que se impongan por infringir la Ordenanza que se dicte en consonancia con la presente cuestión de erradicación venta de alcohol a menores.-
9.-ORGANIZAR un registro de expendedores de bebidas alcohólicas para nuestra ciudad, exigiéndoseles que mensualmente comuniquen al Municipio, Area y/o Dirección que fuere del caso, el volumen de alcohol vendido, todo ello con la debida documentación de sus proveedores, y en el caso de aumentar el mismo, aumentar el costo de la imposición fiscal-municipal que se legisle en tal sentido como tasa a percibirse.-
10.-CREAR una tarjeta municipal o similar, de consumo de bebidas alcohólicas para mayores de 18 años, que contenga sistema de perfoverificación que indique el uso diario de la misma y volumen de bebida expendida: SE QUE SE CRITICARA ESTA POSTURA, pero se la puede perfeccionar. PREGUNTA: Si alguien en una noche, o en el lapso horario de “salidas nocturnas” de nuestros menores, tomando desde las 23 hasta las 7 horas, adquiere y consume mas de un (1) litro de alcohol, podemos hablar de riesgo ? o: En que intervalo horario una persona puede consumir mas de un litro de alcohol y que no afecte su salud ¿?
11.-REGULAR el horario nocturno de funcionamiento de los locales de esparcimiento de los jóvenes y obviamente también el horario de expendio de alcohol a los mayores de 18 años de edad.-
12.-APLICAR a los representantes legales de aquellos menores de 18 años de edad que reiteradamente sea víctimas de la ingesta de alcohol, las sanciones legales vigentes.-

13.-COORDINAR con el área salud pública/privada y Defensoría, los aspectos que se refieren a la asistencia de menores que ingresan y especialmente los fines de semanas, a dichos Centro de Salud por ingesta excesiva de alcohol, tratándose dicha cuestión con los responsables paternos-filiales, propendiéndose que entiendan que en situaciones de tal naturaleza, incumplen el deber de vigilancia que todo buen padre de familia debe tener respecto de sus hijos en la orientación. Guía y seguimiento de los mismos hasta la mayoría de edad, acompañando el crecimiento de éstos especialmente en la pre y adolescencia.-
14.-PROFUNDIZAR LA INTERACCION en el presente tema con la ESCUELA y DOCENTES, operadores esenciales en la tarea de formar al menor y modelar sus conductas y actitudes futuras, en donde la didáctica de erradicar adicciones, será un horizonte permanente.-
15.- NO OLVIDAR NUNCA QUE:
siempre cuando encontremos un menor que equivoco el camino, seguro es que algun adulto no le presto todo el tiempo que para ellos, nuestros hijos, nunca debemos dejar en olvido O DECIRLES “AHORA NO PUEDO, DESPUÉS, DESPUÉS” .-
Un segundo DE NUESTRO TIEMPO que no le damos al niño, al JOVEN, puede ser una vida perdida para siempre.
ESTOY SEGURO QUE PODEMOS CAMBIAR.
ESTOY SEGURO QUE PODEMOS SER MEJORES, SOLO RESTA COMENZAR !!!!!!!

Autor:Dr. ALBERTO JUAN SILVA VELAZCO
email:
ceumar@bitbyte.com.ar

DEFENSOR DE POBRESY MENORES DE LA CIUDAD DE CHAJARI
PRFOVINCIA DE ENTRE RIOS

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